lunes, 25 de febrero de 2013

La investigación de delitos en el Distrito Federal.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el primer párrafo del artículo 21 que: "La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función."
De esta norma constitucional se deriva la función investigativa del Ministerio Público, cuyos actos son formal y materialmente administrativos, por depender éste del Poder Ejecutivo.
Tomando en cuenta este mandato constitucional uno se puede imaginar a los agentes del Ministerio Público y a sus oficiales secretarios como una especie de detectives de película que pasan su tiempo haciendo una investigación científica del delito en donde éste se produzca y que son auxiliados por la llamada Policía de investigación.
En la práctica, sin embargo, el Ministerio Público en el Distrito Federal no es más que una simple oficina receptora de documentos ya que, si bien los Agentes del Ministerio Público de turno sí acuden al lugar de los hechos en casos como homicidios y lesiones por tránsito vehicular, esto normalmente ocurre sólo una vez y, si no hay ningún detenido que pueda ser considerado como indiciado y que sea puesto a disposición de los juzgados penales, el expediente, llamado averiguación previa, pasa por caminos burocráticos a las Unidades de Investigación Sin Detenido.
Una vez que la averiguación previa se encuentra en dichas Unidades, todo lo relacionado con la investigación de delitos se vuelve burocracia pura y simple, desde la ratificación de la querella o denuncia, que la ley preve se pueda hacer en el momento mismo de que se levanta tal querella o denuncia si el querellante o denunciante lleva consigo identificación oficial, hasta oficios de requerimiento de información a instituciones como el IMSS que, a menudo se pide a los mismos denunciantes lleven para "acelerar el proceso".
En las Unidades de Investigación Sin Detenido los agentes del Ministerio Público pasan casi todo su tiempo leyendo documentos, redactando oficios y organizando toneladas y toneladas de papel.
Es fama pública que el querellarse o denunciar un delito en alguna oficina del Ministerio Público requiere de una buena dosis de paciencia, ya que las esperas pueden ser hasta de varias horas, y de una dosis de buena suerte para encontrar a algún agente del Ministerio Público que esté dispuesto a escuchar al ciudadano y orientarle en su problema legal, ya que muchos agentes lo único que hacen es poner excusas y pretextos para no iniciar la averiguación previa correspondiente bajo los pretextos más variopintos, como que no es de su competencia o ¿para qué se molesta si no se puede encontrar al responsable?
Es necesario que el Ministerio Público pase de ser una oficina burocrática receptora de expedientes y documentos a ser una verdadera organización de investigación de delitos en donde sus agentes y oficiales secretarios estén capacitados para realizar una investigación que arroje resultados.
Claro que esto tendría que comenzar con mayores estándares de calidad en el servicio y un control más eficiente del personal que actualmente labora en el mismo.
Se han visto algunos avances, pero si se le pregunta al ciudadano promedio, seguramente nos dirá que el Ministerio Público en el Distrito Federal está reprobado en cuanto a la calidad de servicio y a los resultados entregados a la ciudadanía.
Como siempre, su opinión es la que cuenta.

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